• Licencia para ejercer como asesor inmobiliario y como empresa inmobiliaria

  • Creación de un órgano legislador para dirimir los conflictos entre asesores y/o empresas inmobiliarias con clientes o entre ellos mismos

  • Creación de la Asociación Dominicana de Corredores inmobiliarios (ADCI) con la facultad de suspender temporalmente el ejercicio de la profesión o empresa por falta de pago de las cuotas cuando viola los reglamentos y código de ética

  • Preparar, evaluar, administrar entrenamientos y exámenes a través de una universidad acreditada en el país

  • Requisitos para obtener la licencia de empresa inmobiliaria: a) En el caso de una sociedad o compañía por acciones, cuatro (4) de los miembros accionistas deberán poseer una licencia activa de Agente Inmobiliario con licencia expedida por el Poder Ejecutivo y ser miembros de la ADCI,  con el pago de sus cuotas al día, y haber tenido un mínimo de dos (2) años de experiencia, prestando servicios con una Empresa Inmobiliaria. b) Los Directores y Oficiales que lleven a cabo funciones de Agente Inmobiliario, deberán poseer una licencia emitida por el Poder Ejecutivo y ser miembro de la ADCI y estar al día en el pago de sus cuotas. c) Todo empleado o asociado contratista que participe en una transacción inmobiliaria o cobre una comisión de la empresa, deberá tener una licencia de Agente Inmobiliario y estar inscrito en la ADCI con el pago de sus cuotas al día. d) La Empresa Inmobiliaria deberá estar inscrita en la ADCI y estar al día en el pago de sus cuotas para poder ofrecer sus servicios inmobiliarios. e) En adición a la responsabilidad individual que por sus acciones u omisiones en el ejercicio profesional,  de cada Agente Inmobiliario, la Empresa Inmobiliaria responderá por las gestiones que realicen todos estos, sean asociados o que trabajen para o con la misma. f) Prestar la Fianza correspondiente establecida en esta Ley asegurándose que se cumplan con todos los requisitos que se establecen en el siguiente artículo. g) Pagar la cantidad de doce (12) mil pesos dominicanos por concepto de solicitud de licencia. Mediante comprobante de Impuestos Internos. h) Estar Inscrito en el Registro Mercantil.

  • Fianza Requerida para los Agentes y Empresas Inmobiliarias. Toda Empresa Inmobiliaria conjuntamente con la solicitud de licencia, depositará en la ADCI, una Fianza emitida por una compañía de seguro establecida en el territorio nacional, por un monto de tres cientos (300) mil pesos dominicanos, la cual será incluida en la solicitud de licencia al Poder Ejecutivo. La fianza deberá contener la condición de que el solicitante sea un Agente o Empresa Inmobiliaria con licencia para ejercer la profesión de Agente o Empresa Inmobiliaria, cumplirá con todas las disposiciones de esta ley y con las reglas y Reglamentos emitidos y con el Código de Ética que la misma establece. La fianza responderá por cualquier pérdida o daño que se ocasione a toda  persona o empresa que sean parte de una transacción inmobiliaria, por incumplimiento de las disposiciones contenidas en esta Ley, Regla, Reglamentos o El Código de Ética emitidas bajo la misma.

  • Requisitos de educación profesional. Todo aspirante que por primera vez solicita la licencia para ejercer la profesión de Agente Inmobiliario deberá reunir los siguientes requisitos de educación profesional:

  • a) Haber aprobado un curso o cursos sobre la materia inmobiliaria, ofrecido por la Asociación Dominicana de Corredores Inmobiliarios, por sí mismo o a través de una Universidad acreditada o Institución especializada en materia inmobiliaria y que este acreditada por la Secretaría de Estado de Educación Superior, Ciencia y Tecnología y cuyo programa sea aprobado por la ADCI. Este (os) tendrá (n) un mínimo de duración de noventa (90) horas de clases o sesenta (60) créditos universitarios. El aspirante deberá presentar a la ADCI, evidencia fehaciente a satisfacción de la Asociación, de que ha completado satisfactoriamente todas las materias que mediante reglamento determine la Asociación, los cuales acreditará para la obtención de la licencia.              

  • Reprobación de Examen. Las personas que no aprueben el examen establecido en esta ley, podrán tomarlos nuevamente la próxima vez que sea(n) ofrecidos por la Asociación. El período de vigencia de esta solicitud tendrá una duración de un año, trascurrido este período, el aspirante tendrá que pagar el costo de una nueva solicitud. La ADCI podrá  retener la documentación sometida por los aspirantes. Los exámenes de los aspirantes que no hayan aprobado los mismos serán retenidos por la Asociación para que puedan ser examinados por este, en caso de reclamación de revisión, si así lo solicitaren.

  •  Renovación de la licencia. La licencia de Agente Inmobiliario vencerá dos (2) años después de haberse expedido y la de Empresa Inmobiliaria a los tres (3) años de haberse expedido. a) Un certificado de antecedentes penales expedido por la Procuraduría General de la República, donde conste si el solicitante ha sido condenado mediante sentencia sobre un asunto irrevocablemente juzgado, en materia penal o criminal. En caso afirmativo, no es aceptable la solicitud de renovación, hasta tanto se determine la gravedad del delito o crimen cometido. b) Un comprobante de Impuestos Internos por valor de seis (6) mil pesos dominicanos en el caso de los Agentes Inmobiliarios, y de doce (12) mil pesos en el caso de las Empresas Inmobiliarias. c) Si transcurren noventa (90) días de la fecha de vencimiento sin haberse renovado la licencia, el solicitante deberá someter una declaración jurada haciendo constar que no ha participado durante dicho período, en ninguna transacción como Agente o Empresa Inmobiliaria según lo define esta ley. De haber participado como tal, su licencia no será renovada sino un año después de haberse vencido la misma. Sin menoscabo de la responsabilidad que pueda imponerse a tenor con lo dispuesto por los reglamentos Internos de la ADCI o esta ley. d) Después de transcurrido un año sin renovarse la licencia, la ADCI le hará una notificación mediante acto de Alguacil indicándole que de no solicitar su renovación dentro de los próximo quince (15) días, su licencia será suspendida y deberá iniciar el proceso como solicitante nuevo, debiendo cumplir con todos los requisitos exigidos por esta ley. e) Presentar constancia de haber tomado los cursos de educación continuada que requiere la Ley. f) Estar al día en el pago de las cuotas de la ADCI.

  • Denegación, Suspensión o Revocación de la licencia. La ADCI podrá denegar la renovación, suspender o recomendar al Poder Ejecutivo la revocación de una licencia motu propio o a solicitud de parte; previa notificación de cargos y celebración de vistas administrativas, de acuerdo a las disposiciones de la ley, si:

  • a) No reúna los requisitos para obtener las licencias establecidos por esta ley.

  • b) Haya ejercido ilegalmente la profesión de Agente Inmobiliario o Empresa Inmobiliaria en la república Dominicana, luego de

    haber sido promulgada esta ley.

  • c) Haya obtenido o tratado de obtener la licencia de Agente Inmobiliario o Empresa Inmobiliaria mediante fraude o engaño.

  • d) Haya incurrido en incompetencia manifiesta en el ejercicio  de la profesión en perjuicio de terceros.

  • e) Haya participado en alguna transacción como Agente Inmobiliario o Empresa Inmobiliaria con su licencia expirada.

  • f) Haya incurrido en conductas penalizadas por la ley.

  • g) Haya sido declarado incapacitado mentalmente por un Tribunal competente; Disponiéndose, que la licencia podrá otorgarse nueva vez tan pronto la persona pruebe al Tribunal su capacidad, y si reúne los demás requisitos establecidos en esta ley.

  • h) Sea adicto a las drogas narcóticas o ebrio habitual mediante certificado médico debidamente legalizado; Disponiéndose, que la licencia podrá otorgarse nueva vez tan pronto la persona pruebe mediante certificado médico legalizando su capacidad, si reúne los demás requisitos establecidos en esta ley.

  • i) Haya sido convicto de delito o crimen mediante una sentencia definitiva sobre un asunto irrevocablemente juzgado.

  • j) Si al momento de su solicitud de renovación, el solicitante está sometido a la justicia por algún delito o crimen.

  • k) Si no mantiene al día las cuotas exigidas por la ADCI

  • Prácticas y actos prohibidos para los Agentes y Empresas Inmobiliarias

  • Prácticas y Actos prohibidos, cuando los inmuebles están localizados fuera del territorio de la República Dominicana